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Preguntas frecuentes

Lo que nos preguntáis antes de llamar

Respuestas claras a las dudas más habituales sobre el despacho y sobre cada área. Si la tuya no está, pregúntanos.

General

El despacho

En la Av. de la República Argentina, 26, 2º A, en el barrio de Los Remedios (41011 Sevilla), muy cerca de la parada de metro Plaza de Cuba.

Derecho penal, civil y contratos, familia y herencias, y laboral y mercantil, para particulares y empresas de Sevilla y su provincia.

Llama o escribe por WhatsApp al 691 54 42 58, o rellena el formulario de contacto. Te respondemos para concretar día y hora.

Tu DNI y toda la documentación del asunto: contratos, notificaciones, sentencias, correos o mensajes. Con eso revisamos el caso desde el primer día.

Sí. Después de estudiar tu caso te explicamos qué opciones tienes y te damos un presupuesto por escrito antes de empezar a trabajar.

Sí. Llevamos asuntos en toda la provincia de Sevilla y, cuando el caso lo requiere, en otros partidos judiciales de Andalucía.

No acudas sin abogado. Ser investigado no significa ser culpable: es la condición que te permite defenderte con todas las garantías. Llámanos antes de la declaración para preparar la estrategia.

Sí. Tienes derecho a no declarar, a no hacerlo contra ti mismo y a no confesarte culpable. A veces es la mejor opción; lo decidimos contigo según el caso.

Un procedimiento para delitos sencillos y con penas limitadas, como muchas alcoholemias. Se celebra en pocos días y, si hay conformidad, la pena se reduce en un tercio.

Sí, una vez cumplida la pena y pasados los plazos que fija el Código Penal según su gravedad, si no has vuelto a delinquir. Te ayudamos a solicitarlo.

Depende de si el deudor se opone. Un monitorio sin oposición se resuelve mucho antes que un juicio. Al estudiar tu caso te damos una previsión realista.

En el monitorio y en el juicio verbal de hasta 2.000 € no es obligatorio, pero contar con abogado evita errores que hacen perder el asunto, sobre todo si el deudor se opone.

Desde la reforma de 2025, en la mayoría de asuntos civiles hay que acreditar un intento previo de solución, como una negociación entre abogados o una mediación. Lo gestionamos por ti.

Sí. Es la forma más barata de evitar un pleito: revisamos cláusulas, plazos, penalizaciones y garantías, y te decimos qué cambiar.

Si hay acuerdo y no hay hijos menores, puede hacerse ante notario en pocas semanas. Con hijos menores se tramita en el juzgado y el plazo depende de su carga de trabajo.

Depende de la custodia de los hijos y de quién sea el titular. Lo negociamos en el convenio o lo pedimos al juez, buscando siempre el interés de los menores.

La ley fija el orden: hijos y descendientes; después padres y ascendientes; luego el cónyuge, y por último hermanos y sobrinos. El cónyuge viudo tiene además un derecho de usufructo.

Para hijos, cónyuge y padres hay una reducción de un millón de euros por heredero, así que en la mayoría de herencias no se paga. Pero hay que presentarlo en seis meses aunque salga a cero.

20 días hábiles desde el despido. Es un plazo de caducidad: si se pasa, se pierde el derecho. Llámanos en cuanto recibas la carta.

Con la ley vigente, 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades, y 45 días por los periodos anteriores a febrero de 2012. Si el despido es nulo, la readmisión con salarios de tramitación.

Puedes firmarlo añadiendo «no conforme» junto a tu firma: así cobras lo que te pagan sin renunciar a reclamar el resto.

Primero, un requerimiento formal de pago. Si no paga, monitorio o, si tienes un pagaré o una letra, juicio cambiario, que permite pedir el embargo desde el inicio. Y puedes reclamar los intereses de la Ley de morosidad.

Hablemos.

Cuéntanos tu caso y te decimos con claridad qué opciones tienes.

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